Cinco años para que todos los trenes de corta distancia sean accesibles

Cinco años para que todos los trenes de corta distancia sean accesibles

Atención, abrir en una nueva ventana. PDFImprimirE-mail

Cinco años para que todos los trenes de corta distancia sean accesibles

Aprobado en Consejo de Ministros

Servimedia / Madrid- 08/03/2010

El Gobierno ha aprobado una exención de cinco años para los trenes de cercanías y regionales al cumplimiento de la normativa europea que obliga a que todos los servicios ferroviarios sean accesibles.


Así se recoge en un acuerdo del Consejo de Ministros por el cual se ajusta al ámbito ferroviario español el reglamento europeo sobre los derechos y las obligaciones de los viajeros por ferrocarril que entró en vigor el pasado mes de diciembre de 2009.


Dadas las diferencias existentes entre los distintos tipos de servicios de transporte de viajeros (cercanías, regionales, nacionales e internacionles), el reglamento europeo prevé que cada Estado miembro pueda determinar las excepciones para la aplicación de algunas de las normas del reglamento comunitario relativas a los servicios urbanos, suburbanos y regionales.


En cuanto a los servicios nacionales, establece que se puedan realizar excepciones temporales por periodos máximos de cinco años renovables. En el apartado de accesibilidad, que también afecta a la asistencia en estaciones y a bordo del tren, el Gobierno considera que en los de corta distancia se necesita tiempo para su aplicación. Por ello, establece esta excepción temporal de cinco años para los servicios regionales y de cercanías.


Otra excepción afecta a la resolución por las empresas ferroviarias de las reclamaciones de los viajeros en un plazo máximo de tres meses. En el caso español según el Ejecutivo, la aplicación de esta norma requiere modificar las normativas con el objetivo de agilizar los procedimentos actuales, sobre todo en los casos de reclamaciones por accidentes graves. Por ello, cree necesario establecer una excepción temporal también de cinco años para todos los servicios.


Además, se exceptúa indefinidamente para los servicios regionales y de cercanías la utilización del sistema informatizado de datos y reservas para el transporte ferroviario (Sidrtf) adaptado a determinadas especificaiones técnicas de interoperabilidad (ETI), al estar concebido para servicios de largo recorrido.


El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros incluye además la obligatoriedad para las entidades públicas afectadas (ADIF, Renfe-Operadora y FEVE) de presentar antes de finalizar 2010 un informe sobre las medidas realizadas de cara a adaptar su actividad a lo dispuesto por el reglamento europeo.

© 2008 InfoSerVid S.L. Optimizado para Firefox, Safari e IE7 This is a free Joomla-Template from funky-visions.de

Nuestra Revista

Donaciones

NOS AYUDAN

Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner
Banner